El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) ordenó el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra las sociedades comerciales PROVILUZ, S.R.L. y GRUPO MACCABI, S.R.L., por presunta violación del artículo 5, literal “b” de la Ley núm. 42-08, el cual prohíbe las prácticas colusorias en contrataciones públicas.

La admisión a trámite del expediente se realizó tras analizar el informe de instrucción que presentó la Dirección Ejecutiva de ProCompetencia, en relación con el procedimiento de investigación iniciado mediante Resolución núm. DE-012-2022, el cual señala indicios razonables de la existencia de prácticas colusorias por parte de las empresas investigadas en el mercado, relativo al proceso de contratación pública denominado Comedores Económicos CCCLPN-2022-0009.

El Consejo Directivo, de comprobar las conductas alegadas por la Dirección Ejecutiva contra los agentes económicos antes señalados, podrá imponer multas que oscilan entre 200 y 3,000 veces el salario mínimo, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 61, literal “b” de la Ley núm. 42-08 General de Defensa de la Competencia, las cuales establecen multas que oscilan entre 200 y 3,000 veces el salario mínimo.

La Resolución núm. 002-2024 fue aprobada, a unanimidad de votos, por el Consejo Directivo de ProCompetencia, compuesto por María Elena Vásquez Taveras, presidenta; Gianna Liz Franjul Rivera, miembro y secretaria “Ad Hoc”; Francisco Manuel Pimentel Vásquez, Keryma Marra Martínez y María Elisa Holguín López, miembros, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el 26 de febrero del 2024. 

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