La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera lectura el proyecto de ley que modifica los artículos 15, 16 y 17, de la Ley No.50-87, del 04 de junio de 1987 que deroga y sustituye la Ley No.42, del año 1942, sobre las Cámaras Oficiales de Comercio, Agricultura e Industriales de la República Dominicana. La pieza legislativa es de la senadora Faride Raful.

En lo adelante el artículo crea las Cortes de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos.

Las cámaras de comercio y producción podrán establecer en sus respectivas jurisdicciones, una corte de arbitraje y resolución alternativa de conflictos, con personalidad jurídica dedicada a la administración de procesos de resolución de conflictos que surjan entre dos o más personas físicas o jurídicas, miembros o no de las cámaras que hayan acordado someter la resolución de estos a los métodos de resolución alternativa de conflictos, de conformidad a los reglamentos de la Cámara de que se trate.

Asimismo, en el artículo 16 se establece que la Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos estará dirigida por un bufete directivo elegido por la junta directiva de la Cámara de Comercio correspondiente.

Dicho bufete directivo estará compuesto por un máximo de 15 miembros, los cuales serán elegidos cada 2 años. Los miembros designados serán un presidente, un vicepresidente, un tesorero y tantos vocales u otros cargos considerados adecuados como miembros restantes hubiere. La Corte tendrá una secretaria del bufete directivo y estará bajo la dirección de un secretario general, el cual tendrá voz, pero no voto en las deliberaciones del bufete directivo.